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Tribunal Supremo de Venezuela niega recorte del periodo presidencial de Maduro

26 de Abril de 2016 a las 07:37

Nicolas
Oposición alista nuevas marchas de protesta, pero el fallo pude generar confrontaciones.

El fallo va generar nuevas marchas de protesta en Venezuela contra el Gobierno y el alto Tribunal, que muchos consideran está siendo manipulado por el Presidente Maduro. Desde marzo la alianza opositora Mesa de la Unidad Democrática, adelanta varios mecanismos constitucionales para sacar a Maduro de la presidencia, para evitar confrontaciones y hechos violentos, pero hasta el momento, ninguno ha funcionado, mientras se profundiza la crisis en este país. Ya muchos venezolanos dicen que no aguantan más.
 

CARACAS.- Como ya estaba cantado por la oposición venezolana, el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ), le negó al Parlamento la posibilidad de recortar el mandato del presidente Nicolás Maduro, lo que muchos pensaban sería una salida constitucional y pacífica de cambio de Gobierno y del destino de este país suramericano sumido en una profunda crisis política, social, y económica. El alto Tribunal cierra el camino a una enmienda y en su fallo califica de fraude a la Constitución el querer acortar de forma inmediata el período presidencial vigente del Presidente, que va desde 2013 y que concluye en 2019.
 

En el comunicado a los venezolanos, el Tribunal se defiende, ante los cuestionamientos por los fallos que está dando a favor del Gobierno sin atender lo que se decide en el Parlamento, y deja claro porque tomó la decisión de no avalar el recorte del periodo presidencial: “La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, conociendo demanda de interpretación, determinó que cualquier enmienda que pretenda efectuarse a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no puede tener efectos retroactivos en el tiempo o ser de aplicación inmediata; en tanto, admitir tal supuesto constituiría un quebrantamiento incuestionable al ejercicio de la soberanía previsto en el artículo 5 de la Carta Magna, ya que se estaría desconociendo la voluntad del pueblo”, dice el comunicado.
 

Agrega además: “Señaló la sentencia, ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales, que el Constituyente estableció en el artículo 24 lo que la doctrina llama la "irretroactividad absoluta", por ello la pretensión de enmendar el Texto Fundamental con la finalidad de reducir el mandato del presidente de la República constituiría una retroactividad inconstitucional. La Sala, en su motivación, aludió al tratamiento histórico que se le ha dado a la figura de la enmienda en cuanto a su entrada en vigencia en los períodos presidenciales en el Derecho comparado y precisó, entre otros ejemplos, que la enmienda XXII (que data del año 1951) de la Constitución estadounidense no se aplicó al período constitucional que estaba vigente para esa época.
 

El fallo indicó que tratar de utilizar la figura de la enmienda constitucional con el fin de acortar de manera inmediata el ejercicio de un cargo de elección popular, como el del Presidente de la República, constituye un fraude a la Constitución, la cual prevé otros mecanismos de expresión de la voluntad popular. En esos términos el Alto Juzgado resolvió la demanda de interpretación del artículo 340 del Texto Fundamental, y ordenó la publicación del fallo en Gaceta Judicial y en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela”.
 

El pasado 19 de abril Maduro cumplió la mitad del mandato en medio de una aguda crisis económica, y por eso se pensaba que su salida podía ser por medio de manera democrática y sin mayores confrontaciones, pero ahora con el fallo que dice que utilizar la figura de la enmienda constitucional con el fin de acortar de manera inmediata el ejercicio de un cargo de elección popular, “constituye un fraude a la Constitución", muchos consideran que la crisis política, económica y social, en la que están sumidos los venezolanos, va llevar a una escalada violenta, porque muchos venezolanos, dicen no seguirán esperando un cambio.

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